Blog
Elenco Abogados
  • La responsabilidad civil y penal del administrador

    ¿Puedo proteger mi responsabilidad como administrador?

     

    Existe la creencia extendida, que las sociedades anónimas y limitadas, son un muro impenetrable a la responsabilidad de sus administradores y socios, y que estos tienen totalmente protegido su patrimonio personal, viviendas, vehículos y ahorros, sin que nadie pueda arrebatarle los suyo, por deudas o responsabilidades generadas por la sociedad.

     

    La evolución de las leyes, y de las sentencias de los tribunales, hacen caer este mito, haciendo que la línea que separa la sociedad de la responsabilidad personal del administrador, sea cada vez más fina, debiendo el administrador tomar las siguientes consideraciones:

    • La ley de Sociedades de Capital, fija y determina supuestos de responsabilidad del administrador en la gestión de la sociedad y el control de su contabilidad.
    • El código penal introduce en 2015, la responsabilidad penal de empresa y el tan nombrado compliance penal.
    • Las deudas por cuotas de seguridad social de los trabajadores de la sociedad, son derivadas a sus administradores de forma casi automática porque estos no presentaron las cuentas, o porque de las misma se derivaba causas para haber disuelto la empresa.
    • La administración tributaria deriva deudas, e inicia procedimientos contra los administradores, por delitos fiscales así como por actuaciones y deudas de la sociedad.

     

    Por ello, una formulación incorrecta de las cuentas, unos balances que no reflejen la situación real, la no formulación e inscripción de cuentas anuales, o no pedir la disolución de la sociedad o el concurso de acreedores, cuando se está en un supuesto legal (por ejemplo por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social), es motivo suficiente para que se pueda derivar la responsabilidad al administrador, y que éste tenga que responder con su patrimonio de todas las deudas de la sociedad.

     

    Un adecuado control, una correcta auditoria  de riesgos y examen de los procesos en la empresa, y la revisión de los puntos sensibles y de riesgo realizado por expertos profesionales, puede ser la diferencia entre perder el patrimonio personal de toda una vida, o simplemente afrontar una situación de crisis empresarial.

     

    La planificación de riesgos, es la mejor inversión, y la herramienta que dará valor diferencial y competitivo a su empresa, al mismo tiempo que tranquilidad a sus administradores y socios en cuanto a sus patrimonios personales.

    Déjanos tus dudas y te llamamos
    Contacto
    Compartir:

    Deja un comentario

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *