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  • RESPONSABILIDAD DE ADMINISTRADORES: Varapalo judicial a los administradores o gerentes de empresas que deben pagar las deudas contraidas por sus sociedades

    Si usted es administrador o gerente de una empresa, proteja su patrimonio personal con garantía y anticipación. Gane en tranquilidad.

    La Sala 1ª de lo Civil del Tribunal Supremo en reciente Sentencia de 18/1/2017 ha reiterado, una vez más, la obligación del administrador de una sociedad de responder de las deudas sociales, debiendo hacer frente personalmente (y con su propio patrimonio) al pago de la deuda al acreedor de la mercantil, si dicha se contrajo con posterioridad a que sociedad estuviera incursa en causa legal de disolución de la mercantil.

    Con esta nueva Sentencia, queda patente la necesidad (urgente) de que el administrador proteja su patrimonio, y evite que se le derive el pago de una deuda contraída por la sociedad que gestiona. No solo tiene dicha responsabilidad mercantil, sino que además, la Agencia Tributaria puede reclamarle el pago de sanciones, impuestos, etc., de la entidad, e incluso, se le puede imputar una nueva carga de delitos penales relativos a su gestión.

    Ante la preocupación de nuestros clientes- administradores de entidades o sociedades de capital por las Sentencias que, en todos los ámbitos del derecho, imputan a sus gerentes y/o administradores el pago de obligaciones contraídas por la mercantil, hemos resuelto la necesidad de evaluar su gestión de forma global mediante un ANALISIS de dicha RESPONSABILIDAD que a modo de consultoría determine el riesgo al que están expuestos.

    Contacte con nosotros y le explicaremos en que consiste el análisis que efectuaremos en Elenco Abogados y Economistas de su responsabilidad de administrador. Gane en confianza y seguridad.

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