Elenco Abogados
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22 septiembre, 2016
La obligación de practicar retenciones
Cuando en la empresa recibimos facturas de empresarios o autónomos personas físicas, estos practican la retención en la factura si el rendimiento está sometido a ella y si la factura aparece sin retención, no la realiza. Debemos de tener en cuenta que la persona que emite la factura no esta obligado a informar en ella si está sometida o no a retención alguna y ni del porcentaje de retención a practicar.
La responsabilidad de practicar la retención e ingresarla en Hacienda es nuestra, como empresa que recibe el servicio y la Agencia Tributaria nos sancionará en caso de no hacerlo si estamos obligados a ello. Por ello le recordamos la necesidad de solicitar a nuestros proveedores y acreedores la información necesaria y suficiente para saber si estamos obligado o no a practicarle la retención en la factura recibida.
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